El colegiado Sebastian Coltescu ha sido castigado por sus comentarios “inapropiados” cuando llamó “negro” a Webo, asistente del conjunto turco

Nyon, Suiza

La UEFA ha anunciado que sancionará hasta final de temporada al colegiado rumano Sebastian Coltescu por sus comentarios «inapropiados» sobre Webo, al que se refirió como «negro» en el partido de Champions entre el PSG – Başakşehir del pasado diciembre.

El comité disciplinario de este organismo internacional lo ha suspendido de «llevar a cabo cualquier función de árbitro hasta el final de la temporada 2020-21». Además, Coltescu también deberá asistir a un curso educativo aprobado por la UEFA.

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La sanción se aplicará en los partidos nacionales en Rumanía porque Coltescu ya no está en los partidos administrados por la FIFA debido a que la federación de fútbol de Rumanía decidió antes del partido de París no proponer a Coltescu para 2021.  La eliminatoria PSG-Başakşehir fue la última en el servicio internacional.

Los hechos se remontan al 8 de diciembre, cuando PSG y Başakşehir se enfrentaron en la fase de grupos de la Liga de Campeones. Los dos equipos se negaron a seguir jugando cuando Coltescu, cuarto árbitro del encuentro, se refirió al entrenador asistente del club turco, Pierre Webo como “negro”.

El colegiado se justificó en todo momento argumentando que la palabra «negru» en rumano no tiene connotaciones negativas, pero los dos equipos se negaron a seguir jugando. El partido se reanudó al día siguiente con otro equipo arbitral.

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A raíz del incidente, la UEFA abrió una investigación que ha concluido con esta sanción al colegiado rumano, que consideran que tuvo un “comportamiento inapropiado”. «En el contexto internacional, el uso correcto del lenguaje es esencial para evitar situaciones como las que ocurrieron en ese partido», ha dicho la UEFA.

La sanción de la UEFA es por conducta inapropiada pero no por racismo, ya que consideran que Coltescu infringió el artículo 11.1 del Reglamento Disciplinario, así como el 6.1 de las Condiciones Generales para Árbitros (obligación de comportarse de forma adecuada), pero no el artículo 14 del primero relativo a racismo y otras conductas discriminatorias.